CÓMO AFECTARÁ A LOS IMPUESTOS PATRIMONIALES LA LEY 11/2021 DE MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA EL FRAUDE FISCAL QUE ENTRARÁ EN VIGOR EN EL 2022.
A mediados de este año ya publicamos un breve artículo acerca de la forma de gestionar el impuesto de Sucesiones y Donaciones. Por aquel entonces todavía no éramos conocedores de la nueva Ley que estaba en elaboración, y que fue aprobada el 9 de julio del corriente, poco después de que nosotros publicáramos nuestro artículo. Se trata de la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva UE 2016/1164 del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación de juego. Cuando el próximo 1 de enero entre en vigor, amenaza con dejar obsoleto todo aquello que dijimos.
Aunque como se advierte en su mismo título, la nueva ley abarca aspectos muy variopintos de la lucha contra el fraude fiscal, en el presente artículo nos vamos a centrar en cómo afectará a los tributos patrimoniales, tanto a los vinculados con operaciones de compraventa como a las adquisiciones provenientes de sucesiones y donaciones.