Según el anteproyecto de ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, en caso de reembolso o amortización anticipada total o parcial de un préstamo inmobiliario en los cinco primeros años de vida del crédito, el consumidor podrá tener que pagar una comisión de hasta un 0,25 % del capital reembolsado anticipadamente o el importe de la pérdida financiera que pudiera sufrir el prestamista. Si la amortización se produce, sin embargo, en los tres primeros años de vigencia del préstamo, el límite se mantiene en el 0,50 % que opera en la actualidad para los cinco primeros años de la vida del crédito.
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La empresa de asesoramiento inmobiliario
Como en muchos otros sectores, Cataluña y Madrid van tirando del carro de los precios de la vivienda en el resto de España.
Una pregunta muy comun en quien se plantea quien adquirire una propiedad: 
